La Sala Superior determinó por unanimidad que las boletas sin marcas de doblez no deberán contabilizarse cuando se acredite que están “planchadas”, al considerar que no pueden vincularse objetivamente con un sufragio emitido conforme al procedimiento electoral.
Una boleta electoral no solamente importa por lo que está marcado en ella. También importa cómo llegó hasta la urna.
Ese es el centro de la decisión que tomó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al revisar los criterios del Instituto Nacional Electoral (INE) para las llamadas “boletas planchadas”, es decir, aquellas que no presentan marcas de doblez.
El tribunal determinó por unanimidad que, cuando se acredite esa condición, esas boletas no deberán contabilizarse como parte de la votación y tendrán que conservarse separadas de las boletas que sí integren el cómputo.
La resolución representa un revés para el criterio incluido por el INE en sus lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos electorales del proceso 2026-2027.
¿Qué tiene de especial una “boleta planchada”?
La discusión puede parecer técnica, pero parte de una acción bastante sencilla.
De acuerdo con la Sala Superior, la emisión de un voto sigue una secuencia prevista legalmente: el ciudadano recibe la boleta, la marca, la dobla y finalmente la deposita en la urna.
Por eso, cuando aparece una boleta sin ninguna marca de doblez, el problema no es únicamente que esté físicamente intacta.
El punto para el tribunal es que esa ausencia impide establecer objetivamente que la boleta siguió el procedimiento previsto para emitir un sufragio.
En otras palabras, el contenido de la boleta puede estar marcado, pero si no existen las señales físicas que corresponden a la secuencia electoral, queda una duda sobre su procedencia dentro del proceso.
Y en materia electoral, una duda sobre cómo se contabiliza un voto no es un detalle menor.
¿Qué ordenó el TEPJF al INE?
La Sala Superior revocó los lineamientos del INE relacionados con las llamadas boletas planchadas.
El criterio establece que cuando se acredite la existencia de boletas sin marcas de doblez, estas no deberán contabilizarse como parte de la votación.
Además, deberán mantenerse separadas de las boletas que sí sean consideradas dentro del cómputo electoral.
El tribunal también señaló que la determinación corresponde, como regla general, a los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla.
De manera excepcional, los Consejos Distritales podrán intervenir durante recuentos parciales o totales.

El debate detrás de una boleta sin doblez
La discusión tiene una consecuencia que va más allá de una característica física del papel.
El sistema electoral necesita establecer qué boletas forman parte legítima de la votación y cuáles no, especialmente cuando existen recuentos y disputas sobre los resultados.
El TEPJF colocó la certeza en el centro de su decisión.
Su argumento es que la secuencia legal para emitir el voto permite establecer una relación entre la boleta y el sufragio. Si una boleta no presenta las marcas de doblez esperadas, esa relación no puede darse por demostrada automáticamente.
Eso no significa que toda boleta sin doblez sea, por sí misma, una prueba de fraude.
Y esa distinción es importante.
La resolución habla de cuando se acredite la existencia de una boleta planchada, no de que cualquier boleta con un doblez poco visible deba convertirse automáticamente en un voto inválido.
El criterio tendrá que aplicarse dentro de los procedimientos establecidos por las autoridades electorales.
¿Por qué importa para las próximas elecciones?
El tema adquiere relevancia porque el criterio será aplicado dentro de los preparativos para el proceso electoral 2026-2027.
Aunque para el ciudadano común una marca de doblez puede parecer un detalle insignificante, para las autoridades electorales forma parte de los elementos que permiten revisar la trazabilidad del voto y determinar qué boletas deben incorporarse al cómputo.
La decisión también muestra una tensión que suele aparecer después de cada elección: qué tan lejos pueden llegar las reglas administrativas del INE cuando están en juego los criterios para validar y contabilizar sufragios.
En este caso, el TEPJF consideró que el criterio debía corregirse.
EL PUNTO
La discusión sobre las “boletas planchadas” puede sonar burocrática, pero toca uno de los principios más delicados de cualquier elección: la certeza sobre qué votos cuentan y por qué.
El TEPJF no está diciendo que una boleta sin doblez sea automáticamente fraudulenta. Está estableciendo algo más específico: si no presenta las marcas que permiten vincularla objetivamente con la secuencia legal de emisión del voto y esa condición se acredita, no debe incorporarse a la votación computada.
La pregunta que queda para el INE es cómo traducirá este criterio a las reglas y procedimientos de las próximas elecciones sin generar nuevas zonas de incertidumbre en las casillas y los recuentos.
Porque cuando se cuentan votos, incluso un simple doblez puede convertirse en una cuestión de certeza electoral.


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